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Imataca cubre 3,5 millones de hectáreas, una
superficie mayor que la de Holanda y casi del tamaño de
Suiza. Se encuentra al pie del Escudo de Guayana, cubierta en
casi su totalidad por ancestrales selvas tropicales, ricas en
diversidad genética como pocos lugares en el mundo. Es
un territorio rico además en oro, diamantes, hierro, bauxita,
manganeso, cobre, agua y energía. Es una de las principales
herencias naturales de generaciones futuras de venezolanos. |
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El
Decreto Presidencial 1850
La decisión gubernamental para explotar los
yacimientos de oro de Imataca se formalizó a través
del Decreto Presidencial 1850 del 14 de Mayo de 1997, bajo la
presidencia de Rafael Caldera. Inmediatamente generó resistencia
en diversos círculos políticos, académicos,
científicos y ambientalistas, así como entre organizaciones
civiles y comunidades indígenas.
A través de un conjunto de medidas sin precedente,
la Reserva Forestal de Imataca fue repartida entre concesionarios
madereros y mineros, usurpando territorios indígenas, violando
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el
ordenamiento jurídico nacional, y contraviniendo acuerdos
internacionales en materia de derechos humanos y de protección
ambiental.
Doce concesiones madereras se reparten cerca del 60%
de la reserva, en su mayor parte otorgadas en los años 80.
Los contratos de concesión se rigen por planes de manejo
con períodos de rotación de 40 años y directrices
que, de ser respetados, podrían garantizar la sustentabilidad
de la actividad industrial. Sin embargo, el deficiente control de
las empresas madereras ha facilitado una actitud depredadora que
ha causado serios daños en la mayor parte de las áreas
explotadas, aunque la producción oficialmente no exceda un
promedio de 5 metros cúbicos por hectárea.
El Decreto Presidencial 1850 asigna 1.4 millones de
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| hectáreas,
el 38% de la reserva, para la explotación minera en áreas
parcialmente superpuestas a las concesiones forestales. Queda además
a juicio del Gobierno Nacional el otorgar nuevas concesiones, forestales
o mineras, en otros lugares, tales como en la Planicie de Desborde,
con el 15% de la superficie, o en la llamada "Zona de Investigación",
con el 7% de la reserva. |
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Prisioneros
en su propio territorio
Imataca se encuentra habitada por docenas de comunidades
indígenas, pertenecientes a las etnias Warao, Arawako,
Kariña, Akawaio y Pemón. El Decreto Presidencial
1850 sorprendentemente no contempla ni reconoce los territorios
indígenas. El tratamiento de los derechos de las comunidades
indígenas es vergonzosamente deficiente, limitándose
a su importancia como “atractivo turístico”
y como mano de obra para los “desarrollos” propuestos.
El Plan de Ordenamiento al que hace referencia el
Decreto Presidencial 1850 reparte mas de tres millones de hectáreas
para actividades comerciales, incluyendo derechos para el establecimiento
de infraestructura para la explotación, procesamiento y
comercialización de recursos naturales. Pero a los indígenas,
habitantes tradicionales de este territorio, no sólo se
les ignoran sus derechos territoriales. Se les impide, explícitamente,
la expansión de sus actividades de subsistencia. (Artículo
64 del Plan de Ordenamiento)
De esta manera, las comunidades indígenas quedan
condenadas a convertirse en prisioneros en su propio territorio.
Sólo podrían mejorar sus condiciones de vida si
se incorporan como mano de obra a los procesos de “desarrollo”
concebidos desde Caracas, destinados primordialmente a la explotación
forestal y minera.
La Federación de Indígenas del Estado
Bolívar emite un comunicado el 9 de Junio de 1997, en donde
establece: “La reciente aprobación en Consejo de
Ministros del Plan de Ordenamiento y Reglamento de Uso de la Reserva
Forestal de Imataca reafirma una vez más la política
discriminatoria y violatoria de los derechos humanos de los pueblos
indígenas por parte del Estado Venezolano. Decreto que
cambia totalmente la figura de la reserva forestal de Imataca,
dándole apertura a la explotación minera, turística,
industrial, forestal y poblamiento, sin consulta e información
alguna a los principales afectados, que son los pueblos indígenas
Warao, Arawako, Kariña, Akawaio y Pemón”.
En un foro realizado en la Universidad Central de
Venezuela el 2 de Julio de 1997, el coordinador de la Federación
de Indígenas del Estado Bolívar sentenció,
tanto en Pemón como en Castellano: ”El bosque es
nuestro hogar, nuestro laboratorio, nuestro hospital, nuestra
universi-dad. Es donde nosotros adquirimos los conocimientos para
poder vivir. Nuestra lucha contra el decreto es por la defensa
de la vida”.
Codicia
y corrupción
El Decreto Presidencial 1850 desencadenó una
avalancha de solicitudes para el otorgamiento de concesión
para la explotación de oro en Imataca. Una investigación
de la Comisión de Ambiente y Ordenamiento Territorial del
Congreso Nacional (hoy Asamblea Nacional) desenmascaró
una impresionante maraña de intereses y corruptelas asociadas
a entes gubernamentales y empresas transnacionales del oro.
La avalancha de solicitudes por concesiones mineras
en Imataca vino acompañada por un proceso asombrosamente
eficiente y ágil para su aprobación por parte del
Ministerio de Energía y Minas y del Ministerio del Ambiente.
Docenas de concesiones fueron otorgadas en pocos meses, mientras
otros denunciaban la ilegitimidad e inconstitucionalidad del otorgamiento
de concesiones para la explotación de oro en ese territorio.
Inconstitucionalidad e ilegalidad
La investigación de la Comisión de Ambiente
y Ordenamiento Territorial concluyó en la introducción
de una solicitud de nulidad por parte del Congreso Nacional (hoy
Asamblea Nacional) contra el Decreto Presidencial 1850 ante la
Corte Suprema de Justicia (hoy Tribunal Supremo de Justicia).
El pronunciamiento de la Oficina de Asesoría Jurídica
del Congreso establece que existen suficientes motivos para dudar
de la legalidad y constitucionalidad de dicho decreto.
Casi simultáneamente fueron introducidas otras
dos solicitudes de nulidad del Decreto Presidencial 1850 ante
la Corte Suprema de Justicia, una por el Colegio de Sociólogos
y Antropólogos de Venezuela y grupos ambientalistas, y
otra por las comunidades indígenas de la región.
El 9 de Junio de 1997 la Federación de Indígenas
del Estado Bolívar emite un comunicado en donde se denuncia
el Plan de Ordenamiento de la Reserva Forestal de Imataca y solicita
la derogatoria del Decreto Presidencial 1850.
El 14 de Junio, la Facultad de Ciencias Forestales
de la Universidad de Los Andes emite un pronunciamiento en el
que le solicita al Presidente de la República la revocatoria
del Decreto Presidencial 1850.
El 1° de Julio, caciques y delegados de las comunidades
indígenas de Waramasen, San Antonio de Morichal, Maurak,
Agua Fría, Monte Bello, Paraitepuy de Roraima, San Francisco
de Yuruaní, San Rafael de Kamoirán, Tuaukén,
Kanayeutá y Kamarata, así como representantes indígenas
de núcleos radicados en centros urbanos de Bolívar,
consignaron un documento ante el Congreso donde rechazan el Decreto
Presidencial 1850.
El 13 de Julio la Conferencia Episcopal Venezolana
le solicita directamente al Presidente de la República
la revisión del Decreto Presidencial 1850. El 28 de Julio
la Comisión de Ciencia y Tecnología del Congreso
Nacional solicita la moratoria del Decreto 1850.
El 2 de Agosto de 1997 la Corte Suprema de Justicia
finalmente admite el recurso de nulidad del Decreto Presidencial
1850.
Manipulación
de intereses
Ante el evidente repudio público a las decisiones
del presidente Rafael Caldera y su Consejo de Ministros para la
explotación de oro en Imataca, el Gobierno Nacional se
compromete públicamente a modificar el Decreto 1850 a través
de un debate público, en cumplimiento de preceptos constitucionales
y disposiciones explícitas de la Ley Orgánica de
Ordenamiento Territorial.
Hasta ahora esto no ha ocurrido, mientras que tanto
el decreto como las concesiones otorgadas mantienen su vigencia.
El caso ha permanecido en aparente estado de letargo
durante mas de 5 años, mientras se concreta una manipulación
de intereses a espaldas de la sociedad venezolana, con el propósito
de explotar las riquezas naturales de la Reserva Forestal de Imataca
para el beneficio de una minoría, independientemente de
los costos ambientales y sociales en que se incurra. |
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Suministro
de electricidad
La explotación de oro en Imataca depende de
la disponibilidad de grandes cantidades de electricidad. En los
contratos de concesión con las principales empresas transnacionales
y sus subsidiarias en el país, se establece el compromiso
expreso del Estado Venezolano de construir un tendido eléctrico
desde el complejo hidroeléctrico formado por las represas
del Guri y Macagua para suministrar 170 kilovoltios (kV) a través
de una estación localizada en Las Claritas, en la esquina
sur de la Reserva Forestal de Imataca.
Cuando el escándalo por el Decreto Presidencial
1850 irrumpió ante la opinión pública en
1997, la construcción del tendido eléctrico que
suministraría energía para el funcionamiento de
las empresas mineras se encontraba en sus etapas iniciales. Hoy
es una realidad. En Agosto del |
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2001,
los presidentes Chávez de Venezuela y Cardozo de Brasil inauguraron
una línea de transmisión de 400 kilovoltios (kV) desde
Macagua, cerca de Ciudad Guayana, hasta una estación localizada
en Las Claritas. A partir de allí continúa una línea
de 230 kV, cruza La Gran Sabana con destino a Santa Elena de Uairén
y Boa Vista, en Brasil, cumpliendo así con el acuerdo binacional
suscrito en 1997 por los presidentes Caldera y Cardozo, de Venezuela
y Brasil respectivamente. El tendido eléctrico Venezuela-Brasil
se construyó a un costo de 400 millones de dólares,
con una longitud de 680 kilómetros, de los que 480 km se
encuentran en territorio venezolano (desde Macagua hasta Santa Elena
de Uairén) y 200 kilómetros en Brasil, desde Santa
Elena de Uairén hasta Boa Vista.
Una línea paralela de transmisión eléctrica
parte de la central hidroeléctrica de Macagua y culmina en
El Callao, para suministrar 115 kV de energía. Allí
se descubrió recientemente un depósito compacto de
oro de 3 millones de onzas,uno de los mas ricos del mundo, con un
valor de mas de mil millones de dólares a precios actuales. |
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Refugio
de inversionistas
En 1997, el precio del oro se encontraba en uno de
sus niveles históricos más bajos. Sin embargo, ha
venido ascendiendo como consecuencia del derrumbe de los mercados
mundiales de valores desde el 2000 y los ataques terroristas del
11 de Septiembre del 2001 contra el World Trade Center y el Pentágono.
El oro ha surgido como un importante refugio de inversionistas
ante las convulsiones económicas internacionales. En Septiembre
de 1999 el oro se cotizaba a US$ 256 la onza. En enero del 2002
aumentó a 273 dólares la onza. Para diciembre había
aumentado casi un 27% adicional, para cerrar el 2002 en aproximadamente
US$ 346 la onza. Mientras que las acciones en las principales
bolsas de valores se desplomaron estruendosamente. El índice
Dow Jones pérdió el 20% de su valor sólo
en el año 2002, mientras que el índice Nasdaq perdió
mas del 40% de su valor en el mismo período.
La
lucha por el oro
La avaricia por el oro de Imataca ha generado serios
enfrentamientos políticos, financieros y sociales. Los
pequeños mineros, en su mayor parte de carácter
artesanal, reclaman haber sido desplazados por las grandes empresas
multinacionales, condenándolos a la miseria.
Varias transnacionales del oro han protagonizado cruentos
enfrentamientos por el control del oro de la región. Uno
de los casos mas emblemáticos es la disputa entre Vannessa
Ventures y Crystallex International por la explotación
de uno de los principales yacimientos de oro de Imataca: la mina
Las Cristinas, cuyos yacimientos se estiman en 11 millones de
onzas de oro, con un valor a precios actuales de aproximadamente
4.000 millones de dólares.
Las Cristinas se encuentra adyacente al proyecto Brisas,
de Gold Reserve, cuyos yacimientos se estiman en 10 millones de
onzas adicionales. El costo operativo de ambos proyectos se estima
en US$ 120 por onza. El complejo Brisas - Las Cristinas incluye
además yacimientos de cobre estimados en 900.000 toneladas.
El proyecto para la explotación de oro en Las
Cristinas contempla una inversión de 500 millones de dólares
en un lapso de 8 años, para el procesamiento de 40.000
toneladas métricas diarias de mineral aurífero con
el fin de extraer aproximadamente 500.000 onzas de oro por año
durante 20 años.
A finales del 2000, la Corporación Venezolana
de Guayana (CVG) y Crystallex International firmaron un contrato
para la explotación del yacimiento aurífero de Las
Cristinas. El contrato contempla el pago de menguadas regalías
al Ministerio de Energía y Minas, equivalentes a sólo
3% de los beneficios de la operación, según la Ley
de Minas venezolana. Adicionalmente, Crystallex se compromete
a cancelarle a la Corporación Venezolana de Guayana (CVG)
una regalía adicional que varía con el precio del
oro. Si el precio se mantiene por debajo de los US$ 280/onza,
la regalía es de 1%. Para un precio entre US$ 280 y US$
350, la regalía es de 1.5%. Para un precio entre US$ 350
y US$ 400/onza, la regalía es de 2%, y si el precio del
oro sobrepasa los US$ 400 por onza, la regalía sería
del 3%. Crystallex se reserva el control total de los recursos
y del proyecto.
Este contrato ha generado una enorme controversia
y enfrentamientos en tribunales. Crystallex le canceló
15 millones de dólares a la CVG por la infraestructura
y los activos existentes, así como por los estudios de
exploración realizados. Pero la empresa Minera Las Cristinas
(MINCA), subsidiaria de Vannessa Ventures, reclama haber invertido
mas de 170 millones de dólares en la exploración
y comprobación de la existencia de 11 millones de onzas
de oro en el sitio, de acuerdo con un convenio previo entre MINCA
y la CVG para la explotación de los recursos auríferos
de Las Cristinas. MINCA argumenta que es la legítima poseedora
de los derechos para la explotación de oro en Las Cristinas,
que la CVG ha procedido de manera ilegal y que Crystallex no cumple
con los ordenamientos del Código de Comercio de Venezuela
sobre corporaciones extranjeras.
La explotación de Las Cristinas había
sido originalmente acordada entre la CVG y la empresa canadiense
Placer Dome, hace mas de 10 años, para cuyo fin se creó
un joint-venture: MINCA. Vannessa Ventures compró la participación
de Placer Dome en MINCA en el 2001 por un valor simbólico
de US$ 50, en una operación descrita por el presidente
de la CVG como “un serio fraude a la Nación Venezolana”.
La CVG rehúsa reconocer los presuntos derechos de Vannessa
Ventures en MINCA, argumentando que la transacción requería
del consentimiento previo del Estado Venezolano. El presidente
Chávez anuló los derechos de MINCA sobre Las Cristinas
en Mayo del 2002, a través del Decreto Presidencial 1757.
El conflicto fue sometido a consideración de la Corte Suprema
de Justicia. MINCA ha amenazado con someter el caso a arbitraje
internacional, de acuerdo con el Convenio de Protección
de Inversiones suscrito entre Venezuela y Canadá.
La controversia se ha visto agravada por la invasión
de docenas de pequeños mineros a la zona, obteniendo de
3 a 4 gramos de oro por tonelada de tierra procesada. En su mayor
parte utilizan bombas portátiles de agua de alta presión,
causando un enorme impacto sobre los ecosistemas de la región.
El uso de mercurio en el proceso de separación genera serios
problemas adicionales de contamina-ción de las aguas.
La empresa transnacional HECLA se ha visto en la necesidad
de llegar a un acuerdocon cooperativas de mineros independientes
para la explotación de los yacimientos de oro del bloque
B de la empresa estatal Minerven en El Callao. Los pequeños
mineros se limitarán a la explotación de oro en
las capas superficiales, mientras que HECLA concentra sus actividades
en galerías profundas, su especialidad. La empresa planea
invertir cerca de 25 millones de dólares en la zona.
HECLA también maneja la mina de oro La Camorra,
produciendo 86.000 onzas en el primer semestre del 2002, a un
costo de US$ 130 la onza.
Conflictos similares se presentan en toda la región.
La pobreza y desesperación de sus habitantes se ha combinado
con la improvisación y la corrupción de los entes
públicos, mas la avaricia e irresponsabilidad de empresas
transnacionales, para convertir a la minería de oro en
Imataca en una sería amenaza a la estabilidad de los recursos
naturales de este territorio, y por ende al establecimiento de
sistemas efectivamente sostenibles de desarrollo en esta convulsionada
región del país.
La supervisión y control de las actividades
de las transnacionales del oro en territorios selváticos
es alarmantemente deficiente, mientras que los estándares
que utilizan en sus operaciones en el país son mucho mas
“flexibles” que los que aplican en sus países
de origen.
Venezuela corre el inminente peligro de sacrificar uno de los
principales legados naturales de generaciones futuras, a cambio
de paupérrimos beneficios económicos a corto plazo.
* Especialista forestal venezolano. Fue uno de los principales
negociadores del Acuerdo Internacional de la Madera Tropical,
sirviendo como vocero de los países tropicales. Asesor
de la Secretaría de la Conferencia de Naciones Unidas sobre
Medio Ambiente y Desarrollo [UNCED 92]. Director Ejecutivo del
Instituto Forestal Latino Americano. Profesor del Centro de Estudios
Forestales de Postgrado de la Universidad de Los Andes. Representante
de Venezuela en negociaciones internacio-nales sobre bosques y
cambios climáticos. Investido por el Príncipe Bernhard
de Holanda con la Orden del Arca Dorada. Miembro del primer Consejo
Directivo del Forest Stewardship Council (FSC). Miembro del Consejo
Directivo de SGS-Forestry in Oxford, Reino Unido. Vicepresidente
de la Fundación TROPENBOS en Holanda (1994-2000). Profesor
visitante del Departamento de Política y Economía
Forestal de la Universidad de Viena, Austria (1999). Miembro del
Comité Asesor para Ambiente y Desarrollo de PDVSA-BITOR.
Apartado 750, Mérida - Venezuela.
Tel/fax: Intl+58-274-2713814
Tel/fax: Intl+58-274-2714576
Correo-e: Jcenteno@telcel.net.ve
http://www.ciens.ula.ve/~jcenteno/
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